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miércoles, 30 de noviembre de 2011

¿Aborto sí, aborto no?

En éste, que debe ser el blog más concurrido de la red, toca ponerse serios. Dejo un trabajo que presenté en la facultad el curso pasado y del que estoy bastante orgullosa, acerca de la interrupción voluntaria del embarazo. El trabajo original tiene 17000 y pico caracteres, pero lo he abreviado un poco eliminando paja médica y la parte de la legislación, que era interesante pero fácil de encontrar. Así, sólo he dejado la parte que en el trabajo se titulaba "Implicaciones éticas". Tengo que decir que este trabajo supuso una reflexión muy profunda para mí, y fue un ejercicio de razonamiento tremendamente útil. Disfrutadlo (yo lo hice).




La interrupción voluntaria del embarazo es una decisión complicada y con múltiples implicaciones, tanto para la madre como para las personas que la rodean. Así, muchas veces resulta difícil establecer un juicio responsable y objetivo acerca del aborto, dado la gran corrupción de la información que establecen determinados sectores de la sociedad como la Iglesia.
Los principales conflictos o dicotomías que se establecen a la hora de evaluar y posicionarse a favor o en contra del aborto son, en su mayor parte, enfrentamientos entre los derechos de la madre y del feto. Decidir cuál de ellos pesa más queda condicionado por los principios morales que hayan sido inculcados a la persona durante su educación. Sin embargo, puede y debe recurrirse a determinados datos objetivos para comprender mejor las implicaciones y las consecuencias del aborto, asociando estos datos a los conflictos o dicotomías de los que se ha hablado antes. Dichos conflictos pueden condensarse en los siguientes puntos:

a. Consideración del feto y su derecho a la vida

Uno de los argumentos más fuertes y recurrentes esgrimidos en contra de la interrupción voluntaria del embarazo consiste en afirmar que el feto, en el momento en que es concebido, es ya una persona, un ser humano con entidad y, por ende, con derecho a vivir.
El derecho a la vida es algo innegable y básico; su defensa forma parte (o debería formar parte) de los esquemas morales de todas las personas. Así queda detallado en la Declaración Universal de Derechos de 1948:
Artículo 1: Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición.
Artículo 3: Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona.
Tras esto, y con una pequeña reflexión se hace evidente que esta dicotomía es de carácter puramente dialéctico: ¿qué es, qué entendemos o cuál es el concepto de “persona”? Y una vez resuelto esto, ¿entra el feto dentro de esta definición?
La definición de persona que nos da la RAE es bastante amplia, y reza:
1. f. Individuo de la especie humana.
4. f. Hombre o mujer de prendas, capacidad, disposición y prudencia.
6. f. Der. Sujeto de derecho.
7. f. Fil. Supuesto inteligente.
Teniendo estos datos, se entiende que todo ser humano desde el momento que nace es una persona, y tiene así el derecho a la vida. Podemos simplificar, de esta manera, hasta el momento del nacimiento: ¿es el acto de nacer el que otorga al ser de la condición de persona, o presenta esta condición desde antes de ello? Y en este último caso, ¿desde cuándo?
El proceso de formación del embrión comienza cuando se produce la fecundación: el espermatozoide (gameto masculino) atraviesa la membrana celular del ovocito secundario o gameto femenino, se fusionan sus núcleos y dan lugar al cigoto, la primera célula, con la dotación genética completa, a partir de la cual se desarrollará el embrión.
A partir de la cuarta semana, el embrión empieza a desarrollar los vestigios de los futuros órganos y aparatos, y en esta etapa resulta muy sensible a cualquier noxa o agente nocivo capaz de alterar ese desarrollo.

Entre las semanas cuarta y séptima desde la fecundación, en el embrión se produce la formación y el desarrollo de casi todos los órganos y tejidos del cuerpo (detallaremos los más importantes a continuación). A partir de la séptima semana, la fase embrionaria se da por concluida y el embrión pasa a llamarse feto. Desde este momento hasta el nacimiento, en el feto ocurrirá el crecimiento y maduración de los órganos y tejidos ya formados; no se formarán nuevos órganos.
El corazón comienza a latir al principio de la cuarta semana del desarrollo; este funcionamiento tan precoz es necesario ya que el embrión requiere un aporte de oxígeno y nutrientes lo más temprano posible. El sistema nervioso central y periférico tiene un desarrollo extraordinariamente más lento; continúa formándose incluso durante la infancia, madurando y estableciendo conexiones sinápticas más profusas. El cerebro se diferencia del resto del sistema nervioso central alrededor de la quinta semana, pero en este momento no presenta funcionalidad. A las 22 semanas, el encefalograma ya muestra cierta actividad cerebral, aunque intermitente. Dos semanas después, la señal es continua, y es entonces cuando aparecen unos patrones básicos de sueño y vigilia. En la semana 26 ya han comenzado a establecerse unas conexiones sinápticas primitivas, que estarán básicamente completadas en la semana 30. Se ha visto que fetos en el tercer trimestre ya tienen cierta habilidad de 'aprender', es decir, de acostumbrarse a estímulos determinados e, incluso, dar respuestas de memoria a corto plazo.
Con todo esto, no puede afirmarse a partir de qué momento el feto presenta consciencia o, lo que es más amplio, entidad como persona. Sería excesivamente extremista afirmar que el embrión recién concebido es ya una persona, pero también lo sería afirmar que hasta que no es expulsado por el canal del parto, no se convierte en tal. Se propone una postura intermedia: el feto puede considerarse una persona desde el momento en el que posee una autonomía somática básica, es decir, que recibiendo aporte de agua y nutrientes básicos, su cuerpo es capaz de procesar los mismos, emplearlos y mantenerse con vida en condiciones normales. Simplificando esto, el feto puede considerarse una persona desde que es capaz de sobrevivir fuera del vientre materno (por supuesto, siendo atendido).
Sin embargo, este tipo de discusión suele llevar implícito un componente emocional muy alto, con lo que las conclusiones sobre la misma tienen un carácter difícilmente objetivable.

b. Derecho de la madre a decidir

Como ya hemos desglosado, el derecho a la vida del feto existe y puede aplicarse a partir de ciertos momentos del desarrollo del mismo; esto queda, por supuesto, condicionado por el esquema moral de cada uno.
Sin embargo, existe otro derecho muy importante que queda a veces alienado: el derecho de la madre a decidir sobre su propio cuerpo, sobre su vida y su futuro, así como sobre el futuro del embrión. La pregunta lógica sería: ¿qué derecho prevalece?. De hecho, este derecho a la libertad y a la autonomía está detallado en la Declaración Universal de Derechos. Dado que nos hallamos ante un enfrentamiento entre dos derechos de la misma entidad, habría que preguntarse si el derecho de la madre prevalece sobre el del feto; probablemente la respuesta sea afirmativa, por la sencilla razón de que la madre está plenamente formada y es una persona sin ningún género de duda, mientras que el hecho de que el feto ostente esta condición no está universalmente aceptado.
Por otro lado, el hecho de que una madre haya dado los pasos necesarios para poner en existencia a un embrión formado, ¿supone también para ella la obligatoriedad de conservarlo? Y lo que es más: ¿quién debe – moralmente – contestar a esta pregunta: la madre, el padre, la sociedad, la justicia?
Resulta evidente que el embrión o feto no nacido no tiene en absoluto capacidad de decisión, ni de opinión sobre su futuro. Así, si se da el caso, la persona con más derecho a decidir por él es su madre, según dicta la lógica más básica; su madre, y no el Estado penal, la sociedad o cualquier otro tercer elemento.

c. Consecuencias de la decisión de abortar

La decisión de interrumpir la gestación puede tener diversas consecuencias para la mujer. Existe la posibilidad de que se presenten complicaciones físicas: infecciones, las hemorragias, las complicaciones debido a la anestesia, las embolias pulmonares o del líquido amniótico, así como las perforaciones, laceraciones o desgarros del útero.
Por otro lado, y de manera más importante, las mujeres después de un aborto pueden sufrir graves consecuencias emocionales y psicológicas. Cabría suponer que la mujer, habiendo decidido libremente abortar, no debería sufrir este tipo de sensaciones; sin embargo, se pueden presentar hasta en el 60% de las mujeres. algunas de ellas son: culpabilidad, impulsos suicidas, sensación de pérdida, insatisfacción, sentimiento de luto, pesar y remordimiento, retraimiento, pérdida de confianza en la capacidad de toma de decisiones, inferior autoestima, preocupación por la muerte, hostilidad, conducta autodestructiva, ira/ rabia, desesperación, etc. sobre todo en gestaciones ya avanzadas, las consecuencias para la madre pueden llegar a ser devastadoras, y podrían llegar a prolongarse durante largos periodos de tiempo.

d. Embarazos no deseados en mujeres adolescentes

Todo lo que hasta ahora se ha dicho es aplicable a mujeres maduras, adultas y responsables con capacidad de decisión; se ha analizado hasta ahora si el derecho a vivir del feto es preponderante sobre el derecho a la autonomía y libertad de decisión de la mujer, que en cualquier caso es responsable de sus actos y debe ser consecuente con los mismos.
Sin embargo, cuando hablamos de mujeres adolescentes o adultas jóvenes, el panorama cambia drásticamente. Sin entrar en las conductas irresponsables que hayan podido llevar a esta situación, que son siempre negativas y denotan una grave falta de consciencia, un embarazo en la época adolescente se concibe social e individualmente como un grave problema, y de hecho lo es.
La mujer puede decidir interrumpir la gestación, con lo que nos encontraremos ante las consecuencias físicas que se han detallado en el punto anterior.
Por otro lado, la decisión de llevar a término la gestación y hacerse cargo del hijo tiene consecuencias que pueden considerarse mucho peores, tanto para la madre y su familia como, sobre todo, para el hijo.
La asunción de la responsabilidad de tener un hijo implica que los proyectos vitales de la madre, fuesen los que fuesen, deben interrumpirse o terminar. Dado que la ley de Educación no contempla el supuesto de los embarazos adolescentes, las mujeres en esta etapa suelen dejar sus estudios. Esto repercutirá en su futuro, a la hora de encontrar un trabajo y establecer unos recursos propios, considerando la falta de formación básica que la mujer arrastrará a lo largo del resto de su vida. Además, dado que la mujer adolescente no cuenta con un modo de vida propio sino que depende de sus progenitores, los gastos económicos derivados del cuidado del hijo pasan a ser responsabilidad de sus abuelos, y no de sus padres.
Las consecuencias emocionales para la madre son mucho más amplias que las que sobrevendrían a una mujer adulta; Pueden ser: problemas de autoestima, frustración, sentimientos de culpabilidad por el rechazo social y, en algunos casos, familiar, estrés, confusión por el paso brusco e indeseado a la adultez, mayor riesgo de ruptura en la pareja, etc.
De todo esto se derivan consecuencias para el recién nacido, que es sin duda el que más sufre, tanto durante su niñez más temprana como durante el resto de su vida. Los riesgos físicos son diversos, dado que ha sido concebido en un organismo adolescente y aún inmaduro: deficiencias físicas y mentales, nacimiento prematuro, enfermedades infecciosas, etc. Sin embargo, el hecho de que el hijo no haya sido deseado ni buscado repercutirá muy negativamente en él, tanto en sus emociones como en el trato que recibirá de sus padres. Tendrá un mayor riesgo de ser dado en adopción e incluso de ser abandonado, y menos oportunidades de una vida digna, un hogar propio y de tener sus necesidades básicas plenamente cubiertas.

Conclusión


Una propuesta integradora pasaría por permitir el aborto libre, sujeto a la decisión de la embarazada, pero estableciendo unos plazos determinados más allá de los cuales no podría realizarse la interrupción de la gestación. Lo que resulta evidente es que, cuanto más avanza el embarazo, mayores son las justificaciones que se requieren para interrumpirlo. En cualquier caso, el aborto es una decisión absolutamente personal y no debe ser un debate social.
Vista la enorme complejidad del mismo, lo más sensato parece tratar de que este debate se produzca con la menor frecuencia posible. Para eliminar de la sociedad la necesidad de esta práctica, o para que quede sólo como un método a aplicar en casos extremos o urgentes, sería deseable trabajar educando a la juventud en una visión de la sexualidad más abierta y responsable, haciéndoles comprender las consecuencias que puede tener un embarazo no deseado para la madre y para el hijo, e inculcando conductas de prevención que permitan a las mujeres (sobre todo a las jóvenes) disfrutar de una sexualidad segura y sensata.

3 comentarios:

  1. Wa, Lina, es un gran trabajo. Después de el de las religiones y esto... el siguiente podrías cobrárnoslo. En fin, estoy de acuerdo con lo expuesto, muy de acuerdo, no creo que pudieras esperar otra cosa.

    PS: magnífica última frase (;

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